El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado recientemente un conjunto de medidas destinadas a implementar varias disposiciones contempladas en la Resolución Miscelánea Fiscal para el año 2025. Estas medidas buscan garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, introduciendo cambios importantes en procedimientos clave.
Una de las disposiciones más destacadas se relaciona con el uso del Buzón Tributario, una herramienta esencial para la comunicación entre los contribuyentes y el SAT. Originalmente, las sanciones por no habilitar este sistema estaban programadas para entrar en vigor a partir de enero de 2025. Sin embargo, el plazo ha sido ampliado, y ahora estas multas se aplicarán a partir de enero de 2026. Esto significa que los contribuyentes dispondrán de un año adicional para cumplir con esta obligación y ponerse al corriente en su uso.
Según lo estipulado en la regla 3.13.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, la obligación de habilitar y mantener activo el Buzón Tributario será exigible a partir del primer mes de 2026. Este ajuste también incluye a los contribuyentes que pertenecen al Régimen Simplificado de Confianza (Resico), un esquema diseñado para facilitar el cumplimiento fiscal de pequeños contribuyentes y microempresas.
En lo que respecta a los contribuyentes bajo el Resico, se ha establecido que, durante el ejercicio fiscal de 2025, la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) se realizará a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED). Así lo explicó el fiscalista Jesús Rodríguez, quien subrayó la importancia de este formato para agilizar los procesos de devolución y garantizar una mayor transparencia en las operaciones fiscales.
Por otro lado, el SAT también ha dado a conocer las tarifas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que estarán vigentes durante el ejercicio fiscal de 2025. Según lo informado, estas tarifas no presentarán cambios en comparación con las utilizadas en el año 2024, lo que brinda estabilidad a los contribuyentes en cuanto a sus obligaciones fiscales.
Las tarifas del ISR, que permanecen sin modificaciones, se mantienen en un rango que va del 1.92% al 35%. Estas tasas son fundamentales para calcular de manera precisa los impuestos que deben pagar las personas físicas según sus ingresos. Además, estas tarifas son utilizadas para determinar aspectos como el salario neto, la retención del ISR y el subsidio al empleo, asegurando así el cumplimiento de las normativas fiscales establecidas por el SAT.
En conclusión, estas disposiciones reflejan el esfuerzo del SAT por facilitar el cumplimiento fiscal de los contribuyentes, al mismo tiempo que garantizan la transparencia y la eficiencia en los procesos tributarios. Con la ampliación del plazo para habilitar el Buzón Tributario y la continuidad de las tarifas actuales del ISR, se busca proporcionar claridad y certidumbre a los contribuyentes mientras se fomenta una mayor cultura de cumplimiento fiscal en México.