“Habrá sanciones” Prohíbe Senado definitivamente terapias de conversión en México

El pleno del Senado de la República aprobó las reformas para prohibir y sancionar Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género.

"Habrá sanciones" Prohíbe Senado definitivamente terapias de conversión en México

"Habrá sanciones" Prohíbe Senado definitivamente terapias de conversión en México

El pleno del Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión.

Estas prácticas han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que implican abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos con el objetivo de cambiar la identidad sexual de las personas.

Los senadores aprobaron la prohibición de los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas. Esta decisión se tomó un mes después de que fuera aprobada en la Cámara de Diputados y seis años después de que se presentara la iniciativa. Tras la aprobación, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para su trámite correspondiente y publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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Según las reformas aprobadas, quienes realicen terapias de conversión podrán ser sancionados con dos a seis años de prisión y una multa que oscila entre mil y dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Estas sanciones se impondrán a aquellos que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien cualquier tipo de tratamiento que obstaculice, restrinja o anule la orientación sexual o identidad de género de una persona.

En caso de que los padres, tutores u otras personas relacionadas incurran en estas conductas sancionadas, se les aplicarán amonestaciones o apercibimientos según lo determine el juez. Además, los profesionales de la salud que participen en estas prácticas serán suspendidos en el ejercicio profesional por uno a tres años.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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Con información de Infobae

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