Este martes 14 de octubre de 2025, la Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma a la Ley de Amparo, una iniciativa impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y que ya había recibido el visto bueno del Senado. Con 345 votos a favor de Morena, Partido del Trabajo y Partido Verde, 131 en contra de PAN, PRI y Movimiento Ciudadano, y tres abstenciones, la propuesta fue avalada tras casi tres horas de debate en el Pleno.
Durante la sesión vespertina, legisladores de oposición intentaron frenar el dictamen con mociones suspensivas para regresarlo a comisiones, pero sus solicitudes fueron desechadas. Posteriormente, se discutieron las reservas y los posicionamientos de cada bancada antes de la votación final. El dictamen había sido avalado previamente por las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público, que modificaron el artículo transitorio que establecía la retroactividad de la ley.
Cambios principales de la nueva Ley de Amparo

Entre las modificaciones más relevantes destaca la posibilidad de que los juicios de amparo se realicen completamente en línea, otorgando el mismo valor jurídico a los expedientes electrónicos que a los físicos. Con esto, el Poder Judicial busca agilizar los procesos y facilitar el acceso a la justicia.
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Otro cambio importante es que los jueces tendrán 90 días naturales para dictar sentencia una vez celebrada la audiencia constitucional, reduciendo los plazos actuales y haciendo más eficiente la resolución de casos. Además, los órganos jurisdiccionales podrán desechar de forma más ágil las recusaciones que tengan como fin retrasar los procedimientos.

Ajustes en materia de interés legítimo y medidas cautelares
La reforma también redefine el concepto de interés legítimo, estableciendo que la afectación jurídica puede ser tanto individual como colectiva, y elimina el requisito de que la lesión sea “actual” y “directa”. En cuanto a las medidas cautelares, introduce criterios más detallados: los jueces deberán acreditar el interés suspensional, la apariencia del buen derecho y ponderar el interés social antes de otorgarlas.

En materia fiscal, el Código Fiscal de la Federación incorpora nuevos supuestos de improcedencia del recurso de revocación cuando se trate de créditos fiscales ya determinados o solicitudes de prescripción sobre esos créditos. De igual forma, la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa se modifica para excluir de su competencia las resoluciones firmes, evitando juicios sobre actos ya resueltos de manera definitiva.
Con esta reforma, el Congreso busca modernizar y hacer más eficiente el sistema de justicia en México, adaptándolo a los retos tecnológicos y procesales del siglo XXI.