Hablando de historia y otras cosas, ¿sabían ustedes que tras la lucha insurgente, la Guerra de Reforma fue la contienda más sangrienta habida en México hasta ese momento?
Constitución de 1857
Qué tal, les saluda Lorena Careaga y hoy hablaremos de la Constitución promulgada el 5 de febrero de 1857, que representa el ideario de Juárez y de otros destacados liberales y que fue precedida de una serie de leyes profundamente reformadoras.
El proceso inició en abril de 1855 con la Ley Juárez, que suprimía los fueros militar y eclesiástico, es decir, suprimía los privilegios y ponía al ejército y a la iglesia en igualdad civil ante la ley, como a cualquier otro mexicano. La Ley Lerdo desamortizaba las fincas rústicas y urbanas propiedad de corporaciones civiles, como las comunidades indígenas y religiosas, con el propósito de asegurar la propiedad individual de la tierra.
Las Leyes del Registro Civil y de Secularización de Cementerios le quitaron a la iglesia el monopolio sobre esa vital información social y demográfica. La Ley Iglesias prohibió el cobro de obvenciones parroquiales a los pobres.
Temas
Desde que el Congreso Constituyente comenzó a reunirse en febrero de 1856, los debates fueron ardientes, sobre todo con respecto a dos temas polémicos: la educación y la tolerancia de cultos. La libertad de enseñanza fue incluida en el artículo tercero, mientras que la religión católica fue eliminada como religión de Estado, pero no se prohibió su ejercicio ni el de otros cultos, ya que los liberales eran anticlericales, mas no antirreligiosos. Un debate interesante fue el de la adopción del modelo anglosajón de juicio por jurado como institución democrática, lo que hoy se denomina juicio oral; sin embargo, en aquel entonces no se aprobó.
La Constitución del 57 no resultó radical, pero si puso mucho énfasis, desde sus primeros artículos, en los derechos de los ciudadanos y la necesidad de que todos los poderes respetaran esas garantías y libertades: Todos nacen libres y cualquier esclavo recobra la libertad por el solo hecho de pisar suelo nacional; cada quien es libre de escoger y practicar la profesión, industria o trabajo que quiera; nadie puede prestar trabajos personales sin justa retribución y sin pleno consentimiento; la libre expresión de las ideas, la libertad de escribir y publicar escritos de cualquier índole es inviolable, y a nadie puede privársele del derecho de asociarse o reunirse pacíficamente.